El regreso a clases implica una serie de preparativos, entre ellos, la compra de útiles y uniformes escolares. Sin embargo, muchos padres desconocen que en Chile existen normativas que protegen sus derechos como consumidores y evitan abusos por parte de los establecimientos educativos.
¿Se puede exigir una marca específica de útiles? ¿Los colegios pueden imponer un proveedor exclusivo de uniformes? ¿Es legal solicitar artículos de aseo en la lista de útiles? Eso y más respondemos en la siguiente Pregunta Frecuente de ODECU.
¿Puedo comprar el uniforme escolar en cualquier tienda?
Sí, los padres y apoderados tienen el derecho de elegir libremente dónde comprar el uniforme escolar. Ningún establecimiento educativo puede obligar a comprar en una tienda o proveedor específico ni condicionar la permanencia del estudiante por no contar con un uniforme determinado.
Sin embargo, existe una excepción a esta norma. Si el colegio ha seleccionado un proveedor exclusivo a través de un proceso de licitación transparente y competitivo, priorizando la mejor relación entre precio y calidad, entonces podría establecer un único proveedor. En estos casos, es recomendable que los apoderados sean informados de los criterios utilizados en la selección.
Para evitar gastos excesivos, se recomienda comparar precios entre diferentes tiendas y buscar opciones accesibles que cumplan con los requisitos del establecimiento.
¿Las listas de útiles pueden incluir artículos de aseo o de oficina?
No. Según la normativa vigente en Chile, los establecimientos educacionales no pueden exigir la compra de artículos de aseo ni materiales de oficina dentro de la lista de útiles escolares.
La adquisición de estos insumos es responsabilidad del sostenedor del colegio, ya que forman parte de los recursos necesarios para el funcionamiento del establecimiento y no deben ser asumidos por los apoderados.
Si una lista de útiles incluye productos como papel higiénico, jabón, toallas de papel o insumos administrativos (por ejemplo, hojas de impresión para uso del colegio), los padres pueden presentar un reclamo ante la institución y, en caso de persistir la exigencia, denunciar la situación a las autoridades correspondientes.
¿El colegio puede exigir marcas específicas en la lista de útiles?
No. Los establecimientos no pueden obligar a los apoderados a comprar útiles de una marca en particular ni exigir su compra en una tienda específica.
Los padres y apoderados tienen la libertad de escoger dónde adquirir los útiles escolares, siempre que estos cumplan con las características funcionales requeridas en la lista. Por ejemplo, si se solicita un cuaderno de 100 hojas cuadriculado, se puede elegir cualquier marca o modelo que cumpla con esas especificaciones.
Para evitar confusiones, se recomienda revisar con atención la lista de útiles y asegurarse de que los productos cumplen con los requerimientos del establecimiento sin caer en gastos innecesarios por marcas costosas o exclusivas.
Si consideras que el establecimiento educacional de tu hijo está incumpliendo alguna de estas normativas, puedes contactar al Servicio de Atención al Consumidor de ODECU, la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile.
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